Cualquier intento de aproximación a lo que significan y plantean las políticas lingüísticas de los países, o de las agrupaciones de países, ha de partir de la propia complejidad y diversidad de las lenguas que se hablan en esos territorios.
La Unión Europea, por ejemplo, ha tenido muy presente que su eficacia depende también del reconocimiento de la pluralidad lingüística de las naciones que la componen. Así, en estos momentos, son veinte las lenguas oficiales de la U.E. -las oficiales en todo el territorio de cada uno de los países que la conforman- y algunas otras, que podríamos denominar minoritarias, pretenden un reconocimiento que, aún diferente de las oficiales, permita un uso puntual en determinados documentos o intervenciones. Y no solo eso, el Consejo de Europa –un organismo más amplio que la propia U.E. ya que en el mismo están presentes muchos países no comunitarios- ha propiciado una Carta de Lenguas Minoritarias que permite una recuperación integral de la amplia riqueza lingüística europea –aunque hemos de recordar que las naciones que aún no han firmado el protocolo de la Carta son demasiadas y, alguna, sumamente importante, caso de Francia-.
Evidentemente esa multiplicidad de variantes comporta un esfuerzo técnico y económico muy importante. Un tercio de los funcionarios de la Unión Europea se dedica a labores de traducción y la partida presupuestaria para la versión y edición plurilingüe es, sin duda, de las más destacadas de toda la administración comunitaria. Sin embargo, el producto cultural y económico que se deriva de esa amplia nómina de lenguas parece compensar el esfuerzo.
Como ustedes conocen en España, además de la lengua oficial en todo el territorio, lengua que conocemos como española o castellana, se hablan otras más (vd., figura 1). Algunas con una tradición literaria importantísima y otras que apenas continúan vivas en unos pocos centenares de hablantes. Obviando las propias de emigrantes (en estos momentos España es uno de los grandes receptores de la emigración de Europa del Este y del Norte de África, sin mencionar la procedente de Latinoamérica que evidentemente no plantea problemas lingüísticos) además del mencionado castellano o español podemos hablar de tres lenguas de una cierta solidez: el catalán –con sus variantes dialectales: el valenciano y el mallorquín-, el gallego y el euskera o vasco. Además hemos de citar el bable o astur-leonés, el aragonés, el aranés y el portugués (hablado en los alrededores de la ciudad extremeña de Olivenza) variedades que a pesar del corto número de usuarios tienen una situación jurídica que avala, en determinados aspectos, su estudio y promoción (vd. mapa 2). En cualquier caso, sumados todos los españoles que tienen como lengua familiar otra diferente del castellano, superan el 30 % del total de población.
Por otra parte el tema de los emigrantes, que citábamos antes, permite en estos momentos escuchar en las calles españolas decenas de lenguas, especialmente del norte de África y del Este europeo, que aún no teniendo ninguna regulación jurídica tampoco la Carta Europea de Lenguas Minoritarias o Regionales contempla ninguna reglamentación para las lenguas de los procesos migratorios) sí plantean problemas tanto a niveles educativos (aunque hay que señalar el rápido aprendizaje de los niños emigrantes de las lenguas españolas de enseñanza pero también de la problemática derivada de tantos escolares no hispanohablantes) como de relaciones sociales y laborales.
a) Situación legal.
La instauración de un sistema democrático, tras la muerte del general Franco, permitió que unas lenguas que estaban proscritas oficialmente pudieran poco a poco tener el reconocimiento legal que permitiese su supervivencia y aún su recuperación social y cultural.
El artículo 3 de la Constitución Española señala en su punto primero El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Pero en el puntos segundo y tercero de este mismo artículo se indica, 2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos / 3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
Quisiera hacer hincapié en el primer punto del citado artículo, el que hace referencia a la lengua española o castellano. Como ven, por el enunciado, todos los españoles tienen el “deber” de conocer el español. Mientras que las otras lenguas “pueden ser reconocidas” por sus respectivos estatutos, sólo el español es el idioma que forzosamente se ha de conocer. Esto comporta dos situaciones legales de suma importancia: 1) Que cualquiera y en cualquier lugar puede usar el castellano sin que nadie se niegue a entenderlo (podrá el interlocutor, eso sí, si su estatuto autonómico lo permite, contestar en la lengua regional propia pero jamás podrá no sentirse aludido cuando alguien se dirija a él en español). 2) Todo español debe conocer el castellano, por lo que la polémica tan de actualidad en muchos países, sobre si el conocimiento de la lengua oficial es imprescindible para adquirir la nacionalidad el emigrante, carece de sentido en nuestro caso toda vez que el deber del conocimiento es imprescindible para ser ciudadano español.
Pero la Constitución de 1978 introduce, por primera vez en la historia española, un tratamiento singular y original de la multiplicidad lingüística del país. Cada comunidad autónoma con lengua propia diferente del castellano puede legislar para promocionar y divulgar su propio idioma. Esta competencia se traslada, legalmente, a lo que digan los respectivos estatutos de autonomía (lo que podríamos llamar “pequeña constitución de cada región autónoma”) y a las disposiciones legales que se deriven.
Tienen referencias explícitas en su estatuto respecto al tema de la lengua como propia: Cataluña, el País Vasco, Galicia, Navarra, las Islas Baleares y la Comunidad Valenciana. Estas autonomías disponen igualmente de leyes específicas para el desarrollo social y enseñanza de la lengua propia, que será cooficial con el castellano en el territorio autonómico.
Otras comunidades autónomas, caso de Aragón o Asturias, citan en sus estatutos la importancia cultural de sus hablas , pero sin otorgarle la condición de “cooficial” junto al castellano.
Sin embargo en el primer grupo de regiones no se plantea de forma análoga la correspondiente política lingüística. En Navarra, por ejemplo, se divide el territorio en tres partes: una zona vascófona, donde la cooficialidad es absoluta; otra zona mixta ( en la que se incluyen Pamplona y Estella) donde la obligación no es absoluta; y otra no vascófona (Tafalla y Tudela, por ejemplo) en la que no hay precepto alguno, aunque quien voluntariamente quiera aprender euskera puede solicitarlo. En el País Valenciano, aunque la legislación contempla la división del territorio en zona valencianohablante y castellanohablante, la cooficialidad abarca a toda la comunidad y la enseñanza de la lengua propia es obligatoria. En las restantes comunidades la lengua propia lo es de todo el territorio sin divisiones ni matización alguna.
b) Derecho personal o territorial.
Como ustedes saben uno de los grandes problemas que se plantea en relación a los derechos, especialmente a partir de la Revolución Francesa, se refiere a si estos deben ser personales o colectivos. La mencionada Revolución Francesa acuñó como derechos del ciudadano los otorgados tras la caída del Antiguo Régimen, pero si tales derechos deben ejercerse desde una posición únicamente individual o tienen que manifestarse colectivamente es una de las cuestiones más polémicas y que sólo pueden encararse desde la circunstancia concreta.
A tenor de las disposiciones constitucionales y legislativas españolas este derecho, referido a la lengua, debía situarse entre los territoriales o colectivos más que entre los derechos personales. Como hemos señalado anteriormente son los estatutos de autonomía (de ámbito en un determinado territorio) los que regulan el uso y promoción de toda lengua que no sea el español. Por tanto cuando se sale de ese territorio o ámbito carece de valor (sea cual sea la lengua personal del ciudadano) la correspondiente disposición que permite el uso lingüístico particular.
Así, por ejemplo, aunque en el Parlamento español (Congreso de los Diputados y Senado) hayan diputados o senadores de lengua materna distinta al castellano (y aún pertenecientes a sensibilidades políticas muy ligadas a reivindicaciones lingüísticas) han de realizar sus intervenciones en español. Solamente en la Cámara Alta o Senado, en sesiones especiales, está permitido hacer uso de las que podemos llamar “lengua regionales” a los presidentes de las distintas comunidades autónomas o a personas especialmente autorizadas para ello.
Por tanto la libertad de comunicarse en la lengua materna queda circunscrita al ámbito territorial (comunidad autónoma) que tenga legislación al respecto. Excepto en el caso del español, claro está, que es lengua oficial de todo el país y por tanto no pueden ponérsele límites en cuanto a su uso territorial.
c) Las lenguas en España.
Quisiera presentarles un resumen de las varias lenguas que en España tienen la consideración de cooficiales o por lo menos tienen una cierta regulación jurídica y académica:
A.- CATALAN.- También conocido como valenciano (la forma de denominarlo en el País Valenciano) o mallorquín (en las Islas Baleares), es la lengua habitual de más de siete millones de personas. Se habla en Cataluña, la Comunidad Valenciana, las Islas Baleares, la región francesa del sud-este (zona de Perpiñán), en la Franja de Aragón limítrofe con Cataluña, y en la ciudad italiana de l’Alguer (en la isla de Cerdeña).
Es una lengua de gran tradición literaria y sus clásicos medievales fueron modelo poético o novelesco en muchas otras literaturas (Cervantes, por ejemplo, en el Quijote loa la novela de caballerías de Joanot Martorell, “Tirant lo Blanc”, como uno de los mejores libros de la historia). Actualmente es una lengua de gran dinamismo literario y de considerable importancia social.
Según los estatutos autonómicos de Cataluña, Islas Baleares y Comunidad Valenciana (en este caso con el nombre de valenciano) es cooficial, en todos los sentidos con el español.
B.-GALLEGO.- Lengua muy emparentada con el portugués (de hecho aún subsiste la polémica sobre la unidad de ambas o su autonomía). Es la lengua mayoritariamente usada en Galicia y también en zonas limítrofes de Castilla-León, Asturias y norte de Portugal. El 97% de los gallegos lo entiende y el 86% lo habla a diario. Como el catalán, el castellano, el italiano, el francés y otras lenguas europeas procede del latín y desde la Edad Media ha generado una literatura considerable, destacando poetas clásicos como Rosalía de Castro o narradores modernos como Manuel Rivas o Suso del Toro. La institución encargada de velar por la pureza y promoción de la lengua, la Real Academia Galega, se fundó aquí, en La Habana, en 1905.
Cooficial con el castellano en todo el territorio gallego.
C.-EUSKERA o VASCO.- Los lingüista aún discuten su procedencia ya que es una lengua distinta a cualquiera otra de la familia indo-europea. Parece esar emparentada con las primitivas hablas ibéricas. Aunque estuvo en decadencia durante mucho tiempo (en el mapa lingüístico de la UNESCO de 1960 era considerada como lengua en peligro de desaparición) estas últimas décadas se ha producido una recuperación social y literaria relevante. Su introducción en la enseñanza y en la administración han propiciado un uso mucho más amplio que el que tenía anteriormente, aunque en Navarra solo un 5 o 6% lo tiene como lengua propia, mientras que en en el País Vasco asciende hasta el 15 en Alava, sobre el 20 en Vizcaya y más del 30% en Guipuzcoa.
Cooficial con el castellano en el País Vasco y en Navarra según la zona.
Pero además de estas lenguas, y en estos territorios, en España se producen otras circunstancias lingüísticas dignas de tenr en cuenta:
- ARANÉS.- Llengua que se habla en el Valle de Arán, en Cataluña. Forma parte de la familia de lenguas francesas conocidas como “lenguas de Oc”. Tiene un estatuto específico, aunque no cooficialidad absoluta, y dispone de alguna publicación.
- CATALAN EN ARAGON.- En la zona fronteriza entre Aragón y Cataluña (conocida como la Franja) se hablan diversos dialectos derivados del catalán. Últimamente se han producido diversas acciones encaminadas a su recuperación.
- – En algunas comarcas de los Pirineos aragoneses (norte de esta región) se habla el antiguo aragonés. Especialmente en los Valles de Hecho y Ansó. El gobierno regional aragonés ha dictado diversas disposiciones elgales tendentes a su uso social y como lengua de enseñanza.
- BABLE (también conocido como Astur-Leones).- Aparece ya en textos medievales del siglo XII. Se circunscribe fundamentalmente a Asturias. En la década de 1960-70 inició su labor la Academia de Lingua que propició revistas y la aparición de algunos escritores.
- PORTUGUÉS.- Aunque sin ningún tipo de regulación autonómica, en algunos municipios de Extremadura (el caso más relevante sería Olivenza) aún sigue vivo el portugués. Algunas asociaciones y también alguno de estos municipios programan cursos de aprendizaje para que se mantenga viva la presencia de esta lengua en su zona.
Por último, y solo como referencia de una realidad que no podemos ni debemos obviar mencionaríamos otras lenguas cuya presencia en territorio español es visible (audible) o por lo menos tiene significación histórica de relieve: el sefardí o ladino, el alemán (sobre todo en la amplia colonia residente en las Baleares), el inglés y francés (igual que la anterior debido a la gran colonia de nacionales de estas lenguas residentes en España), otras lenguas europeas (noruegos en Alicante, etc….) y aún lenguas de emigrantes (lenguas del Este Europeo o africanas).
d) Las lenguas en la enseñanza.
La existencia o no de una lengua cooficial propia condiciona, evidentemente, la enseñanza.
Así en las comunidades donde nos encontramos con lengua cooficial junto al español la educación primaria tendrá dos itinerarios lectivos: uno en el que la lengua vehicular será el castellano y otro en el que lo será la lengua regional. Pero en ambos casos una y otra lengua estarán presentes tanto como asignatura obligatoria como soporte de alguna que otra asignatura.
En la educación secundaria y universitaria existe mayor libertad de usos lingüísticos. Lo habitual suele ser que según la petición de los alumnos y oferta del profesorado se creen grupos que utilicen una u otra lengua según preferencias.
En las comunidades autónomas donde sólo el castellano tiene la condición de oficial será esta, claro está, la lengua vehicular.
Actualmente se ha introducido, en todo el país sea cual sea la realidad lingüística, desde el primer nivel, primaria, el estudio del inglés. En secundaria se puede introducir una segunda lengua extranjera (francés, italiano, alemán,…..). Evidentemente en los estudios universitarios las lenguas extranjeras están en función de los estudios elegidos.
El latín, que hasta los años sesenta fue asignatura obligatoria en secundaria, ha desaparecido de la programación actual reduciendo su situación al estudio voluntario en determinados grupos de la secundaria.
Sin duda, y como ya señalaba anteriormente, uno de los problemas más polémicos que tiene planteada la educación española en estos momentos es de la presencia de multitud de emigrantes que tienen como lengua materna otra diferente del español. Si tenemos presente que en muchas zonas del país un tanto por cien muy elevado de la población escolar, sobre todo en la enseñanza pública, es extranjero, y en el mismo la cantidad de niños y niñas que no poseen conocimientos amplios de español (norteafricanos o europeos del este sobre todo) es elevado, podemos suponer la gran incidencia que el problema tiene para la escuela española. Legalmente las lenguas extranjeras no tienen ninguna fuerza jurídica para introducirse en el aprendizaje, pero prácticamente los profesores han de plantearse sistemas pedagógicos que permitan a los que no poseen como materna la lengua española un rápido engarce con el resto de estudiantes. Hay que señalar que el tema es especialmente espinoso en niños y niños de edades comprendidas entre los seis y los catorce años, ya que los menores se adaptan más rápidamente.
Por último, en este apartado, quisiera hacer mención a la gran demanda de conocimientos lingüísticos que se aprecia en la sociedad y que se refleja de forma destacada en la aparición de multitud de escuelas de idiomas, tanto públicas como privadas.
e) El Instituto Cervantes y la promoción del castellano.
A pesar de la fanfarria y ostentosas declaraciones del antiguo régimen franquista solo tras la desaparación de este se planteó ambiciosamente la creación de un organismo que propiciase la difusión y promoción del español en el extranjero, concretamente en aquellos países que por su importancia demográfica o cultural pudiesen servir de acicate para prestigiar nuestra lengua. Pero ese organismo, como es lógico, se planteó para los países cuyo idioma oficial no fuese el español, ya que se supone que cualquier nación de habla hispana tiene sus resortes propios y vías tradicionales de promoción y difusión (caso de las academias de lengua española en Latinoamérica).
Así nació el Instituto Cervantes, cuya sede central está en la ciudad natal del autor del Quijote, Alacalá de Henares, y que se extiende por todo el mundo.
El Instituto Cervantes, además de programar cursos y actividades relacionadas con la promoción lingüística, realiza anualmente un estudio sobre la vigencia del español en todo el mundo. La edición de este anuario, titulado “El español en el mundo” , incide especialmente en alguna, o algunas, zona del planeta. Estados Unidos y Canadá han sido objeto de este análisis en años pasados y se puede apreciar la gran incidencia del castellano en estas naciones, sobre todo el fuerte aumento de hablantes.
El año, 2004, los países objeto de investigación han sido los nórdicos europeos (Dinamarca, Islandia, Noruega, etc…), así como Bosnia-Herzegovina y Puerto Rico (este último hispanohablante pero, como ustedes saben, con una fuerte incidencia del inglés). Es muy significativo el crecimiento de la demanda de estudios de español en estos territorios, los nórdicos sobre todo. Unos países donde el alemán y francés eran consideradas lenguas de casi obligado conocimiento, además del inglés, han evolucionado en sus preferencias lingüísticas y actualmente el español ha desbancado a aquellos idiomas, alemán y francés, como lengua más solicitada tras el inglés.
Sin embargo la propia estructura administrativa del Instituto Cervantes (la no presencia en territorios hispanohablantes, o la doble competencia administrativa entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y el de Cultura), en ocasiones, pueden producir ciertos impedimentos para un mejor aprovechamiento de las acciones y actividades.
f) Conclusión.
La variedad de lenguas en España ha sido, históricamente, una de las facetas más polémicas de convivencia nacional. La reivindicación del uso y promoción de las lenguas propias fue una de las cuestiones más relevantes de los grupos opositores al gobierno autárquico del general Franco. Aún más, sin tener presente la diversidad de lenguas y culturas territoriales es muy difícil comprender la historia de España desde el siglo XVI, por lo menos.
La Constitución de 1978 contribuyó a pacificar la convivencia lingüística posibilitando el uso de las “lenguas regionales” en sus respectivos espacios territoriales. No ha sido fácil la convivencia, y aún de vez en cuando aparecen distorsiones que dificultan la feliz coexistencia lingüística pero en términos generales podemos decir que las políticas lingüísticas españolas de estos últimos años han sido lo suficientemente positivas como para servir de ejemplo y, especialmente, para tratar de solucionar un problema histórico.
Sin embargo las nuevas condiciones geopolíticas y económicas (la entrada de España en la Unión Europea y la llegada creciente de inmigrantes) plantea nuevos interrogantes (alguno de ellos tan trascendentes como la integración) que solo con una eficaz y clara política lingüística puede resolver.
Jesús Huguet
San Petersburgo, 23 de septiembre de 2005
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